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NO te dejes engañar, un DISCURSO con otra ACCION = FASCISMO
Comité de Profesionales y Técnicos de Edelca* / Soberania.org - 26/03/10
Misiva a los empleados del Sector Eléctrico Nacional ante la solicitud del Ministerio para la Energía Eléctrica de “poner a disposición” los cargos correspondientes al nivel de Confianza y Dirección.

El día de ayer el ciudadano Ministro Alí Rodríguez Araque remitió una comunicación, algo informal y con imprecisiones de forma, en la que expresa que “se hace necesario” que los profesionales de Confianza y Dirección pongan sus cargos a la disposición, a fin de que sean ratificados en sus funciones o reorientados en otras áreas laborales. Todo ello, al parecer, dentro de un proceso de evaluación integral de los diferentes procesos medulares y de apoyo de las funciones, competencias y desempeño de los cuadros del personal que ocupa cargos de Dirección y Confianza.

En atención estricta a un comunicado de esta naturaleza, debemos reseñar algunas apreciaciones sobre las imprecisiones que resaltan en su contenido. La primera es que siendo esta una comunicación oficial no posee ninguna numeración correlativa propia de un documento con trascendencia jurídica emanada de un organismo de la Administración Pública. Igualmente, la fecha del documento contiene un error de imprecisión con consecuencias jurídicas, dado que el año 2010-03-19 no existe en el calendario legal. (Ver anexo al final)

Seguidamente, la carta se dirige a los presidentes de las empresas filiales pero se especifica de manera exclusiva a siete de las empresas del sector eléctrico existentes en el país, excluyendo a otras debidamente registradas y en pleno uso de sus facultades de conformidad con las leyes de la República. Como se observa, la comunicación no va dirigida a las empresas CALIFE, CALEY, DESURCA, ELEBOL, ELEVAL y SENECA, las cuales son operadoras legalmente establecidas en el país y cuya omisión puede interpretarse como en síntoma de exclusión, retaliación y discriminación, debido a que el Ministerio sustenta su solicitud en la “..Evaluación integral de los diferentes procesos….” de todo el sector. Además, según el Decreto 5.330 que crea a la Corporación Eléctrica Nacional (CORPOELEC), todas las empresas del sector son filiales de CORPOELEC. En ello se evidencia una contradictoria omisión de la que podría extraerse una falta de información, incapacidad o negligencia por parte de quienes idearon tal solicitud.


En este mismo orden de ideas, la comunicación del Ministerio también está dirigida a la “Empresa Nacional de Generación C.A. (ENAGER)”, la cual no se encuentra aún registrada en el Registro Nacional, pues la misma nunca fue creada, ni estructurada y por lo tanto tampoco se encuentra operativa, pues su creación se limitó, léase bien, a un simple acto administrativo mediante el cual el ciudadano Presidente de la República autorizó la creación de la empresa C.A. Empresa Nacional de Generación -y no la “Empresa Nacional de Generación C.A. (ENAGER)”- según decreto 4.911 de la Gaceta Oficial N° 38.546 del 19 de Octubre de 2006. En definitiva, se le exige a un personal de confianza y dirección inexistente en una empresa inexistente que pongan a disposición de un patrono inexistente sus inexistentes cargos. ¡Vaya si esto no es el colofón de la “falta de ignorancia” que impera en el referido Ministerio!
Como nota aparte, dudamos de que la preocupación del ciudadano Presidente de Venezuela por atender la apremiante situación de falta de inversión que ya para ese año (2006) era notable y que lo condujo a la creación de dicha empresa, destinada a la construcción de proyectos de generación termoeléctrica, haya sido debidamente atendida por el Ministro de Energía y Petróleo, ya que 4 años después de promulgado el decreto de constitución de la C.A. Empresa Nacional de Generación, ésta no sólo no se encuentra registrada sino que los proyectos que supuestamente acometería en el corto plazo son inexistentes. Ello demuestra que el Ejecutivo Nacional estaba al tanto de la situación de deficiencia de sistema pero no fue capaz de vigilar que las acciones emprendidas llegaran a buen término.

Siguiendo con la “notificación” del Ministro Alí Rodríguez, debemos resaltar que éste nos informa que “se hace necesario” que todo el personal de Dirección y Confianza ponga a disposición los cargos que ocupan. Evidentemente, podemos debatir hasta el cansancio sobre si tal presunción es o no “necesaria”, pero stricto sensu el comunicado no solicita de manera explícita, taxativa, concreta y manifiesta que el personal de Confianza y Dirección “ponga a disposición” de sus patronos naturales los “cargos que ocupan”.

Y no es que este “decir pero no decir” nos luzca un asunto de viveza criolla, pero comprenda usted que ya estamos escarmentados de tanta agua derramada desde 1999 con esto de la reestructuración del sector eléctrico nacional, por lo que mejor seguimos la vieja conseja de que “más vale prevenir que lamentar”. En tal sentido, no discutimos Comandante Fausto, perdón Sr. Ministro, que su presunción sea o no “necesaria”, pero mucho honor le haría a su hidalguía revolucionaria el que nos pida las cosas de manera explícita, porque ya estamos grandecitos para la gracia!


Yendo un poco más en la profundidad de sus intenciones reales, antes de cualquier pronunciamiento individual con respecto a su presunción y en el supuesto de que su intención haya sido una mera “formalidad costumbrista”, si nos lo permite, deseamos manifestarles a nuestros colegas y amigos las siguientes inquietudes:

1. Los empleados de las empresas eléctricas, por la naturaleza jurídica de estas, no se rigen por la Ley del Estatuto de la Función Pública, sino que de manera exclusiva se rigen por lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, en virtud de lo cual la figura de “poner a disposición” los cargos no es un procedimiento legalmente válido ni aplicable a dicho personal. En este sentido, cabe recordarle que las únicos ACTOS JURÍDICOS legamente establecidos en las normas que rigen el DERECHO AL TRABAJO, para con respecto a la cesión definitiva de la relación patrono-trabajador son LA RENUNCIA y EL DESPIDO.
Incluso, no existe en la Ley del Estatuto de la Función Pública la figura de “disponer del cargo” por lo que presumimos que ello se circunscriba a una práctica “no formal” (costumbre) de mostrar la voluntad de un “funcionario público” a ser removido de su cargo para facilitar la toma de decisiones a sus supervisores directos, cuando el funcionario no sea un funcionario de carrera sino de libre nombramiento y remoción (figuras únicamente aplicables a funcionarios públicos, que repetimos no es nuestro caso). Y acá es importante resaltar que las empresas eléctricas son empresas de propiedad pública pero sus trabajadores no son funcionarios públicos, aún cuando aquellas estén adscritas a órganos de administración centralizada.

2. Otra de las inquietudes que sobrevienen en la mente de los profesionales (y sus familias) es con respecto a la calificación del personal según sean de Confianza y Dirección. Por alguna razón, el presidente de EDELCA (Ing. Igor Gavidia), quién pecó de exagerada informalidad en un acto de tan delicada naturaleza como la entrega de esta notificación, presumió que son personal de Confianza y Dirección los Directores, Gerentes, Jefes de Departamento y Coordinadores con Rango de Jefes de Departamento. Como las condiciones de trabajo en este país están cada día peores, vale la pena que revisemos la Ley Orgánica del Trabajo y nos dejemos de “presunciones”:

Artículo 42. Se entiende por empleado de dirección el que interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la empresa, así como el que tiene el carácter de representante del patrono frente a otros trabajadores o terceros y puede sustituirlo, en todo o en parte, en sus funciones.
Art. 45. Se entiende por trabajador de confianza aquel cuya labor implica el conocimiento personal de secretos industriales o comerciales del patrono, o su participación en la administración del negocio, o en la supervisión de otros trabajadores.
Artículo 47. La calificación de un cargo como de dirección, confianza, inspección o vigilancia, dependerá de la naturaleza real de los servicios prestados, independientemente de la denominación que haya sido convenida por las partes o de la que unilateralmente hubiese establecido el patrono.
A juzgar por las precisiones de ley, todos aquellos capataces, jefes de cuadrillas y jefes de sección, independientemente de la calificación que hayan convenido entre las partes (Art. 47), son también empleados de confianza, pues tienen a su cargo la supervisión de otros trabajadores (Art. 45).

En este mismo orden de ideas, el personal de dirección está claro que se circunscribe sólo al personal de la Junta Directiva y del Presidente de la Empresa, pues son los únicos que intervienen en la toma decisiones u orientaciones de la misma. Los demás, sólo tienen delegaciones administrativas para utilización de recursos previamente sometidos a consideración y aprobación del Presidente y su Junta Directiva.

Siendo así la clasificación, exigimos que la Procuraduría General de República y los tribunales competentes en la materia sea quienes dictaminen las clasificaciones pertinentes. Asimismo, exigimos conocer cómo se intentó instrumentar dicha notificación en el resto de las empresas, pues las clasificaciones de cargos son completamente diferentes.

Más allá de ello, nos luce extraño que la tal “costumbre” de “poner los cargos a la disposición” nunca se haya utilizado en los nombramientos de ningún presidente de la empresa, ni junta directiva, ni para el resto de los cargos supervisorios de índole inferior.

3. Nos preguntamos ¿qué sucede si en la evaluación integral los trabajadores que “pongan a disposición sus cargos” estos no son ni ratificados ni reordenados en otras áreas?. ¿Seremos liquidados? Y en ese caso, su liquidación será simple o doble como indica la ley, porque al mediar una manifestación voluntaria de “poner a disposición el cargo” podría presumirse de intención de renuncia por parte del trabajador. ¿No cree usted que la cosa es algo complicada de decidir para los padres y madres de familia que se afectan con su “presunción”, Sr. Ministro?

4. Si suponemos que no somos ratificados en nuestros cargos y seremos “reorientados en otras áreas laborales”, nos preguntamos: ¿existen esos otros cargos a los que seremos reorientados?, ¿se encuentran formulados en los correspondientes presupuestos de las empresas?, ¿ya fueron creadas las estructuras organizacionales, con la debida consulta, participación y oída la opinión de los trabajadores a quienes tanto dicen respetar? ¿Cómo pretende EDELCA “reorientar áreas laborales” si se encuentra bajo una Condición Especial en la cual se prohíbe la creación de nuevos cargos?

¿Por qué la reordenación sólo involucra a unos 1.600 trabajadores de la industria cuando somos unos 33.000 trabajadores en total? ¿Mantendremos nuestros beneficios y condiciones en caso de ser “reorientados”? ¿Se nos respetará nuestra área geográfica de desempeño tradicional de nuestras funciones o se nos obligará a “reorientarnos geográficamente”? ¿Percibe usted la angustia y la incredulidad con la que los trabajadores del sector leen su notificación?

5. Por último, Sr. Ministro, ¿qué sucede con aquellos trabajadores que se nieguen a “poner a disposición sus cargos”?
Responsablemente debemos informarle, Sr. Ministro, que nos cuesta tomar en serio su “presunción”, por cuanto le hemos demostrado en esta extensa explicación que nos surgen dudas de forma y fondo que nos hacen desconfiar no sólo de las verdaderas intenciones de quienes “encapillados” reordenan por enésima vez al sector, sino de las propias capacidades de quienes tienen a su mando tal encomienda.

¿No le parece que el sector eléctrico atraviesa una delicada situación que como usted sabe no se resolverá en el corto plazo y que por tanto requerimos del esfuerzo de todos, por lo que luce imprudente, desatinado y desconcertante pretender realizar una reestructuración empresarial cuando las preocupaciones deben estar en logra concretar las retrasadas inversiones que requiere el sector?

Nos impresiona y desconcierta que su notificación no haya incluido el famoso jingle politiquero de Patria, Socialismo o Muerte, pero tranquilo Sr. Ministro no se lo diremos a su jefe para que no tenga usted que “poner a disposición su cargo” y sufra usted los rigores del desempleo atorrante que cunde en el país.




ANEXO

SOLICITUD DE RENUNCIA A EJECUTIVOS DEL SECTOR ELÉCTRICO




Buenas Tardes Estimados Jefes,


Siguiendo instrucciones del Ing. Igor Gavidia León – Presidente, le adjunto para su información y demás fines, comunicado del Ciudadano Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica en la cual informa y notifica que en procura de llevar a cabo una mejor gestión en el Sector Eléctrico, se estan realizando evaluaciones integrales en los procesos medulares y de apoyo de las empresas eléctrica, todo esto conlleva a que se revicen las funciones, competencias y desempeños en los cuadros del personal que ocupan cargos de Dirección y Confianza dentro de cada empresa.
En tal sentido, es necesario que cada Gerente de Dirección y Staff, conjuntamente con los Gerentes de División hasta el nivel de Jefes de Departamentos (y aquellos que tengan el nivel de coordinadores con rango de jefe de departamento) pongan a disposición sus cargos que actualmente ejercen, a fin de ser ratificados o reorientados a otras áreas laborales.
Agradeciendo toda la atención prestada al siguiente requerimiento.
Reciban un cordial saludo y bendiciones,
Syhara de R.
Asist. al Presidente (E)
Nota: Se anexa comunicado del Ciudadano Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica de fecha 19.03.2010



[*] Comunicado del Comité de Profesionales y Técnicos de EDELCA


ALÍ, EL ALMIRANTE ELÉCTRICO
Víctor J. Poleo Uzcátegui* / Soberania.org - 26/03/10


Nos importa decodificar cómo se pretende inducir el racionamiento eléctrico en Caracas, a diferencia del resto de la Nación azotada desde al menos cinco años por un compulsivo racionamiento aleatorio, por ensayo y error, desprofesionalizado.



Caracas es un muro de contención al estado mayor eléctrico. El 13 de Enero hubo un fallido ensayo de racionamiento en Caracas para los usuarios residenciales, desactivado por el gran timonel a las 11:58 pm vía La Hojilla-Canal 8, luego de que las encuestas de calle midieran un rechazo del 80%.



Fue ese un ensayo empírico para racionar 200 MW, apenas un 10% de la demanda de Caracas, un ensayo que magnifica la incompetencia de J. Alvarado, presidente de la Electricidad de Caracas (EDC), al develar su desconocimiento de los mercados eléctricos residenciales en Caracas, tal vez con asesoría cubana.



El estado mayor eléctrico ensaya ahora opresión y represión contra los usuarios comerciales e industriales, unos 7.000 establecimientos en Caracas. Dice Mario Isea (El Nacional, p. 4): "...el corte de electricidad aplicado a los altos consumidores de la Gran Caracas se debe asumir como un llamado de atención severo".



"Altos consumidores" conlleva un mensaje subliminal de despilfarro, de derroche de energía, lo cual es gratuito si hacemos justicia a las especificidades de comercios e industrias, mientras que el "llamado de atención severo" conlleva un mensaje punitivo, coercitivo, cual maestra de primaria.


Preguntamos a Isea
1.- ¿No es acaso un "alto consumo" de energía, criminal por defecto, que PDVSA hubiese guardado en cajas desde 2006 un conjunto de 6 turbinas que totalizan 1.000 MW y que, de entrar hipotéticamente en operación en 2009 en Bachaquero y Tamare, hubieran salvado 3 metros y 20 centímetros del embalse de Guri? (ver gráfico abajo). ¿Qué espera entonces Isea para activar un "llamado de atención severo" a Rafael Ramírez, oficinista bancario de Miraflores?
2.- ¿No es acaso "despilfarro" de energía el tumulto de planticas habaneras de 10 MW distribuidas aquí y acullá en la geografía nacional, ineficientes, nutridas de diesel que se obliga llevarles a grandes distancias, causando deseconomías nacionales y disminuidas ventas internacionales?

3.- ¿Indagaría el “inspector” Isea acerca del destino de $50 mil millones asignados al sector eléctrico durante 1999-2009 y la no entrada en operación de las medianas y grandes centrales termoeléctricas? ¿De La Vueltosa y Planta Centro? ¿Del por qué del déficit de gas termoeléctrico?

4.- ¿Haría Isea un “llamado de atención severo” a Ali Rodríguez, almirante del estado mayor eléctrico, en cuanto que administrador ad libitum de $4 mil millones para “resolver la crisis”, siendo como es autor del asesinato de orimulsión y de la descapitalización de conocimientos en PDVSA en 2003?

La “Batalla de Caracas”
Cuando la crisis eléctrica devino en crisis política, último trimestre de 2009, el estado mayor eléctrico (gracioso nombre para el lumpen político en funciones) culpabilizó de nuestros males a Natura y al Caroní. A comienzos del 2010, la crisis eléctrica devino en emergencia eléctrica y, por extensión, la emergencia eléctrica devino en emergencia política.
Es política la emergencia eléctrica porque 28 millones de venezolanos somos usuarios eléctricos, hombres y mujeres, patriotas y realistas, clases A-E. No hay trucos domingueros para desvanecerla ni artilugios para engañar al “pueblo”.
El generoso Caroni podría cuasi salvar con alto riesgo un considerable déficit de potencia nunca instalada, pero las probabilidades de desactivar 5.000 MW en Guri II son altas. Con el desespero de quien se sabe culpable y desnudo ante la Nación, el estado mayor eléctrico apela ahora a una segunda ofensiva y no solo mediática.
Se trata de la “batalla de Caracas” (diría Bolívar II), son 100 días decisivos en los cuales el Gobierno confronta a la Sociedad, en Caracas. El tiempo no le es favorable al estado mayor eléctrico, si a juzgar vamos por el predecible agotamiento del embalse de Guri en Abril-Mayo y por la vulnerabilidad de Caracas gracias a las carencias de operación y mantenimiento en las centrales de Tacoa-Arrecifes.
Así las cosas, el estado mayor eléctrico ha identificado a los 7.000 usuarios comerciales e industriales en Caracas como objetivo de su “batalla”. Ayer vimos 80 establecimientos penalizados, percepción de amedrentamiento que debe propagar al entero universo de usuarios. El usuario eléctrico selectivamente penalizado es sometido primero a visita de 2 funcionarios CORPOELEC y otros tantos funcionarios policiales armados y ello se llama violencia estructural en Psicología Social.



El usuario es así forzado a desactivar por “voluntad propia” su entera demanda eléctrica por 24 horas o por 48 horas o, como bien quisiera La Habana, que cierren y se vayan. En adición, la multa es de 1.500 BF (inocua ante las pérdidas de un Lunes cerrado), momento en el cual los abogados de CORPOELEC, perdonavidas de ocasión, se transan con los abogados del establecimiento.



El aquelarre entre abogados de uno y otro lado ocurre como sigue: que si hubo errores procedimentales, que si el acto administrativo se excede, que si se trata de (in)competencias basadas en el decreto que da plenos poderes a Ali Rodríguez (por segunda vez, la primera vez fue en Diciembre 2002 ante los hechos de PDVSA). Se suspende entonces la multa por benevolencia de los abogados CORPOELEC para así subsanar un error, etc. etc.



A la hora del té, los usuarios comerciales e industriales de Caracas perciben el mensaje de violencia estructural y se engatilla el síndrome de Estocolmo, las victimas colaboran con el victimario para desactivarse 1 día o tal vez 2 días (versión manu militari de la propuesta FEDECAMARAS y de J.M.Aller). El racionamiento ha sido entonces "consensuado" y Elías Jaua (sub-presidente de la República) hace una fiesta, victoria pírrica.



En esencia, se trata de cómo racionar en Caracas y disuadir un Caracazo, sojuzgar tempranamente a Caracas en aras de disuadir conmociones sociales por venir.
Indagando entre amigos de la Europa del Este acerca de si acaso hubo analogías eléctricas de violencia estructural, concluimos que no hay precedentes en caracterizar como delito el servicio eléctrico y como delincuente al usuario eléctrico.



Ni los caraqueños ni los venezolanos somos delincuentes eléctricos por ser usuarios, ni tampoco somos responsables de la emergencia eléctrica. Urge que dimitan el estado mayor eléctrico y el jefe de la banda, mal pueden resolver una emergencia política sus causantes.

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